¿Qué es el Subsidio Complementario en Bogotá?

¿Qué es y Cómo Aplicar al Subsidio Complementario En Bogotá?

La ayuda complementaria es un subsidio que otorga el Servicio Distrital de Vivienda a través de las instituciones bancarias para que personas en situación de pobreza o condiciones de extrema pobreza puedan acceder a una vivienda, según Interés Social (VIS), inferior a 150 SMMLV ($136.278.900) o Beneficio Preferente (VIP) de hasta 90 SMMLV ($81.767,340).

Este ingreso es adicional al subsidio de vivienda que otorga el gobierno nacional a Mi Casa Ya, así como la Asignación de la Caja de Compensación Familiar.

A los hogares que tengan ingresos de máximo 2 SMMLV ($1.817.052)

  • El subsidio adicional de la región será de 10 SMMLV ($9,085,260)
  • El subsidio suplementario de Vivienda del Distrito además del subsidio Mi Casa Ya será de aproximadamente de 40 SMMLV (30 de Nacional y 10 del Distrito), que es de $36.341.040.
  • Las familias con ingresos menores a 2 SMMLV ($1,817,052) y protegidas por el Fondo de Compensación, pueden sumarse al Distrito y Mi Casa Ya y recibir un subsidio de hasta 60 SMMLV, o $54,511,560

Hogares con ingresos entre 2 SMMLV y los 4 SMMLV ($3.634.104)

  • La cobertura adicional provista por el gobierno del distrito escolar puede ser de aproximadamente 8 SMMLV ($7,268.208).
  • El subsidio al que podrán acceder los hogares que tienen este tipo de ingresos será de aproximadamente 28 SMMLV equivalente a $25.438.728.

Para las madres cabeza de hogar

La Secretaría de Hábitat cuenta con una gama de aportes específicos en el caso de los hogares liderados por mujeres.

  • Los hogares encabezados por mujeres con ingresos iguales o inferiores a 2 SMMLV ($1.817.052) que no sean elegibles para los beneficios del Fondo de Compensación Familiar pueden recibir asistencia financiera de hasta 30 SMMLV ($27.255.780). como parte del subsidio distrital a sumarlo con el del gobierno nacional a través del programa Mi Casa Ya, es de 30 SMMLV. Esto resultará en un subsidio de aproximadamente 60 SMMLV ($54,511,560), calculada después de que se haya presentado la solicitud de asignación.
  • Por otro lado, si el hogar está encabezado por su madre tiene un ingreso de hasta 2 SMMLV, pero se encuentra beneficiado por la asistencia que brinda la Caja de Compensación Familiar, entonces esa familia también puede beneficiarse del subsidio, aportes del gobierno o más hasta 20 SMMLV ($18,170,520) y complementarios, otorgados por el Gobierno Nacional 20 SMMLV ($18.170.520) y 30 SMMLV otorgados por la Caja de Compensación, los cuales se pueden convertir en un subsidio de 70 SMMLV ($63.596.820), los cálculos deben hacerse al momento que se haga efectiva la solicitud de asignación .
  • Los hogares encabezados por una mujer con ingresos entre 2 SMMLV y 4 SMMLV ($3,634,104) pueden ser elegibles para un subsidio del Estado igual o menor a 10 SMMLV ($9,085,260) y otro subsidio de Mi Casa Ya por 20 SMMLV ($11,70,520). Al momento de solicitar los beneficios se pueden contabilizar hasta 30 SMMLV ($27,255,780).

Requisitos

Si bien la idea es brindar a las personas vulnerables acceso a una vivienda digna, hay una serie de factores que deben cumplirse para poder solicitar este subsidio. 

  • Tener un ingreso mensual máximo de 4 SMMLV o $3,634,104
  • No poseer vivienda en territorio nacional. 
  • No estar beneficiado de la cobertura de tasa de interés. 
  • Solicitar el acceso, a través de crédito hipotecario o de alquiler a Vivienda Preferente (VIP) que no supere los 90 SMMLV o a Vivienda de Interés Social (VIS) que no supere los 150 SMMLV. 
  • No estar reportado en ninguna central de riesgo.

🟢👉🏼Página Oficial del Subsidio


Y si cumplo con los requisitos, ¿Cómo acceder al subsidio?

En caso de que el solicitante al beneficio cumpla con los requisitos mencionados, debe proceder de la siguiente forma: 

  1. Acudir a la sala de ventas de un proyecto VIS o VIP que le genere interés. 
  2. Obtenga una pre aprobación de un crédito hipotecario para vivienda
  3. Informar al asesor de su deseo de postular a la Beca Nacional Mi Casa Ya y al subsidio complementario Distrital. 
  4. Informar si cuenta con beneficios de la Caja de Compensación Familiar. 
  5. Una vez finalizada la revisión y el consultor se asegure de que todo está en orden, el solicitante podrá separar la vivienda.

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