Bono para Cuidadores de Discapacitados y Adultos Mayores

Bono para Cuidadores de Discapacitados y Adultos Mayores con dependencia en Chile

¿De qué se trata el Bono cuidador?

Este bono brinda a los cuidadores de personas altamente dependientes un beneficio no viable (subsidio) que incluye $31,589 en pago mensual por la prestación de sus servicios.

¿Qué es la dependencia?

Es una condición que impide que una persona realice las actividades de la vida diaria de manera independiente, por ejemplo, preparar alimentos, vestirse o administrar el dinero para lo cual necesita el apoyo de otros o de «personas» diferentes. Las dependencias varían en gravedad y se determinan sobre la base de evaluaciones realizadas por profesionales médicos.


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¿Quién entrega el Bono para Cuidadores de Discapacitados?

El beneficio es otorgado por el Ministerio de Desarrollo Social y el pago mensual lo realiza el Instituto de Previsión Social (IPS) a nombre del cuidador, a través de un depósito bancario. Dado que esta es una función que se ofrece a través de un depósito bancario, recibirá automáticamente un estipendio mensual de $700 para cubrir parte de los costos por usar la cuenta.

Importante:

  • Los montos de los subsidios se ajustarán anualmente a los cambios en el Índice de Precios al Consumidor (IPC), anunciado en diciembre del año anterior a la implementación, siempre que exista una ley fiscal del sector público vigente.
  • Un mismo cuidador puede recibir hasta tres beneficios por diferentes causas, si tiene parentesco consanguíneo o por afinidad, y hasta dos beneficios por diferentes causas, si el cuidador no tenía parentesco con el causante.
  • El pago de los beneficios es compatible con otros beneficios proporcionados por el estado, ya que no constituye ingreso y no está sujeto a impuestos.

¿A quién está dirigido el Bono para Cuidadores?

Los beneficiarios son cuidadores directos de personas con dependencia severa (causantes) según lo dispuesto en el Programa de Atención Domiciliaria del Ministerio de Salud y que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Los cuidadores no son los únicos proveedores responsables de las condiciones económicas y sociales del causante.
  • No sean cuidadores institucionalizados.

Son los responsables del esquema de pago de los cuidadores: personas que dependen en gran medida del desempeño de las actividades de la vida diaria en el índice de Barthel (menor o igual a 35 puntos en la escala) y aquellas que cumplan con las siguientes condiciones:

  • Están registrados en el centro de salud correspondiente a su domicilio y solicitan el servicio por escrito. 
  • No estar recluido en un centro de residencia de larga duración para ancianos o en otro centro de residencia de larga duración para menores. 
  • Ser beneficiarios de FONASA A o B. Si no es perceptor de FONASA A o B, deberá ubicarse en alguna de las siguientes alternativas:

¿Cómo se postula al bono?

Las solicitudes se envían al establecimiento de atención primaria (CESFAM, CECOF, etc.) correspondiente al hogar de la persona dependiente.

¿Qué vigencia tiene el Bono para Cuidadores?

El bono se percibirá a partir del mes siguiente a la fecha del otorgamiento, y este subsidio se renovará siempre que se cumplan las condiciones y disponibilidades económicas previstas en la legislación financiera del sector público para los años respectivos y será verificado por el Ministerio de Desarrollo Social.

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